dal Console di Cuba Sig Eduardo Vidal
I cittadini italiani che si sposano a Cuba devono preparare nel Comune di residenza i siguenti documenti, (in carta semplice, senza marca da bollo):
Certificato di Nascita
Certificato di Stato Libero
Se non si trata del primo matrimonio bisogna presentare anche:
- Sentenza di divorzio (se si e� divorziati)
O
- Certificato di Morte del Coniuge - Certificato del matrimonio precendente (se si e� vedovi)
Tuti i certificati devono essere legalizzati in Prefettura.A parte la sentenza di divorzio,che va legalizzata in Procura della Repubblica.
Dopo la legalizzazione vanno tradotti in spagnolo con traduzione giurata.
Puede hacer este trámite por correo, (corriere) sin tener que venir al Consulado en Milán.
Le explico cómo haríamos el procedimiento:
Después que tenga listos los documentos que antes expliqué, debe hacer lo siguiente:
1 Solicitar en su banco dos cheques circulares. (En italiano se dice assegno circolare). Los dos cheques deben estar dirigidos al "Consolato di Cuba". No se deben hacer cheques postales porque tienen caducidad y hay que hacerlos efectivos en el correo. Sólo se aceptarán cheques emitidos por el banco.
- El primer assegno circolare debe ser por el valor de 25 euros. Estos 25 euros son los que permiten pagar el servicio de mensajería de su casa al Consulado y del Consulado a su casa. Este servicio lo hemos contratado nosotros para todo el territorio nacional y tiene aseguración incluida. Es el que utilizamos para los trámites a distancia y es el que nos ofrece seguridad. Nosotros enviamos un corriere a su casa o a su trabajo y con el mismo corriere le devolvemos los documentos a su propia casa o a su trabajo, en dependencia de lo que desee.
- El segundo assegno circolare debe ser por el valor total de los documentos que vaya a legalizar: 110 euros por cada legalización, de los originales y 110 euros por la legalización de su respectiva traducción, que le recuerdo debe realizar ante traductor oficial, con firma reconocida en tribunal. Puede ser cualquiera que tenga firma reconocida en Tribunal. A esa cifra (220 euros) habría que agregarle siempre 25 euros de trámite no personal que es un arancel que se cobra desde hace años por el hecho de no venir directamente al consolado a realizar trámites, por lo que por cada documento se cobrarían 245 euros.
Es decir que cuando nos entregue los documentos que le relacionamos anteriormente, haríamos el siguiente procedimiento:
Legalizaríamos en el Consulado su Certificado de Nacimiento original italiano, que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado la traducción al español de su Certificado de Nacimiento italiano, que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado su certificado de Stato Líbero, que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado la traducción al español de su Certificado de Stato Líbero, que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado la Sentenza di divorzio, (que debe ser firme, sin posibilidad de ser revertida por tribunal o persona alguna, es decir que sea "Passata in guidicatto"), que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado la traducción al español de su Sentenza di divorzio, que tiene un arancel de 110 euros.
Esto es en caso de que usted sea divorciado.
Si es usted viudo, se le agregaría:
Legalizaríamos en el Consulado el Certificado de Matrimonio, que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado la traducción al español del Certificado de Matrimonio, que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado el Certificado de Defunción de su cónyuge, que tiene un arancel de 110 euros.
Legalizaríamos en el Consulado la traducción al español del Certificado de Defunción de su cónyuge, que tiene un arancel de 110 euros.
Es decir, que el total que debería tener el segundo assegno circolare sería de 685 euros, en caso de que sea divorciado, resultante de 660 euros por las legalizaciones de su certificado de nacimiento, certificado de Stato Libero y la sentencia de divorcio, con sus respectivas traducciones, más 25 euros de trámite no personal, que es un arancel, establecido hace años, que se aplica cuando las personas no vienen directamente al Consulado a realizar trámites. Ello significa, como ya le había anunciado, ese segundo assegno circolare sería de 685 euros.
Si es soltero sería 465 euros.
Si es viudo sería 905 euros.
2. Después que tiene en la mano los dos assegni circulari emitidos por su banco y dirigidos al Consolato di Cuba, debe preparar un sobre en el que introducirá los documentos antes explicados. Además debe incorporar una carta escrita a mano donde explique su solicitud, que en este caso sería la legalización de los documentos ya mencionados y sus traducciones al español. La carta escrita a mano debe contener un dato esencial: Debe poner su nombre y número de teléfono, o celular a fin de que podamos contactarle en caso de necesidad.
3. Después que tiene el sobre preparado con los documentos, sus traducciones al español, los dos cheques circulares y la carta, el siguiente paso es enviar un correo electrónico al Consulado de Cuba en Milán, a la dirección consulgral@mit.consulcuba.cu en la que dirá que ya está listo para iniciar el trámite y nos pondrá bien claro la dirección donde debemos enviarle el corriere. El corriere llegará a su casa o al trabajo, retirará el sobre que le entregará y lo traerá para el Consulado. Aquí sacaremos los documentos, haremos las legalizaciones y se los enviaremos de regreso.
Le resumo todo el procedimiento así:
1. Certificado de nacimiento original italiano legalizado en Prefectura.
2. Traducción Jurada al español del certificado de nacimiento, legalizada esta traducción en Tribunal.
3. Certificado de Stato Libero original italiano, legalizado en Prefectura.
4. Traducción Jurada al español del certificado de Stato Libero, legalizada esta traducción en Tribunal.
5. Sentencia firme de divorcio, si es divorciado, (passata in guidicatto), original italiana legalizada en Procura della Repubblica.
6. Traducción Jurada al español de la sentencia firme de divorcio (passata in guidicatto), legalizada esta traducción en Tribunal.
7. Assegno circolare por 25 euros dirigido a Consolato di Cuba para el corriere.
8. Assegno circolare por 685 euros dirigido a Consolato di Cuba para las legalizaciones, si es divorciado.
9. Assegno circolare por 905 euros, si es viudo.
10 Assegno circolare por 465 euros, si es soltero.
11. Carta con sus datos y diciendo qué necesitas hacer, en este caso legalizar los documentos para casarse en Cuba.
12. Un sobre donde va a introducir todos los documentos anteriores y entregará al corriere.
Con todos estos documentos ya puede viajar a Cuba a casarse.
Cuando tenga todo listo, nos envía un correo a consulgral@mit.consulcuba.cu para iniciar el trámite. Debe decir cuándo (aproximadamente) quiere que el corriere recoja el sobre y en qué dirección. El corriere pasa por su casa o su trabajo, en dependencia del lugar donde prefiera que vengan a recoger los documentos.
Eso es todo. Parece muy largo pero en realidad es muy simple el trámite, solo que le hemos ofrecido mucha información para su mejor comprensión de lo que haremos.
Esta es la vía más rápida.
Cuando se hayan casado mi recomendación es que transcriban su matrimonio ante la Embajada italiana, para que tenga efecto en Italia. A partir de ahí puede solicitarle una visa familiar. Paralelamente a esto, su esposo debería presentarse en inmigración de su municipio a solicitar el Permiso de Residencia en el Exterior (PRE), que desde allá demora uno o dos meses. Si no tienen tanto tiempo para esperar, entonces puede solicitar el PRE por allá y viajar a Italia y esperarlo aquí.
En relación con los trámites para la ciudadanía italiana, tengo entendido que toman más tiempo. Primero debería solicitarle un permiso de soggiorno o la carta de soggiorno, pero esos procedimientos por ser italianos no los domino bien. Existes agencias aquí en Italia que facilitan estos trámites, es decir que le orientan sobre los documentos que tiene que presentar ante las autoridades italianas.
Saludos,
Eduardo Vidal